| TRANSPARENCIA FINANCIERA |  |
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| La auditoria es el examen objetivo, sistemático y profesional de las operaciones financieras y/o administrativas, efectuado con posterioridad a su ejecución, en las diferentes unidades. Se debe efectuar de acuerdo a las normas Internas de Auditoria gubernamental y disposiciones especia-lizadas emitidos por la Contraloría General de la República, aplicando las técnicas, métodos y procedimientos establecidos por la profesión del contador publico. Su base legal se encuentra en la Ley 3456 y en la Resolución No. 9-A/85, Art. 22.
Funciones de la Dirección de Auditorias
La preparación de políticas y directrices y el establecimiento de disposiciones y mecanismos adecuados para el control del movimiento económico-financiero
La verificación y control de las actividades económicas y financieras
El registro y control contable de la administración financiera, presupuestaria y patrimonial de la municipalidad.
La verificación del cumplimiento de las disposiciones legales que rigen los sistemas administrativos y los reglamentos de carácter interno del Ayuntamiento .
El control y la fiscalización de los servicios públicos locales administrados por el régimen de contratación. Política Institucional Como se puede inferir de las funciones de la Dirección de Auditorias, su política institucional se define en términos del mantenimiento de los controles de los movimientos financieros de la institución. La credibilidad institucional, la eficiencia en la asignación de recursos, la rendición de cuentas y la transparencia del ejercicio público descansan en la capacidad de esta Dirección de cumplir cabalmente sus funciones. |
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